La denuncia del fallecido Alberto Nisman ubicó en primer lugar a la ex presidenta Cristina Kirchner y al excanciller Héctor Timerman por considerar que la firma del pacto con Irán tenía por objetivo lograr la impunidad de los ciudadanos iraníes acusados de haber ordenado el antentado contra la sede de la AMIA.
Más de uno ya siente un sudor frío.
Nisman había acusado a la ex mandataria, cuatro días antes de su muerte, de llevar adelante un acuerdo con Irán para firmar el memorándum de entendimiento con el fin de garantizar la impunidad a los iraníes imputados por el atentado a la mutual judía y lograr negocios con el régimen de ese país.
Timerman fue denunciado por Nisman por el pacto con Irán.
El argumento de Nisman es que el acuerdo busca además un beneficio económico para la Argentina a través de la venta de petróleo iraní hacia nuestro país y la venta de granos a Irán. También mencionó la venta de armas y eventualmente, según la diputada Carrió, incluía la venta de la Argentina a Irán de uranio enriquecido.
En la denuncia también fueron imputados el excanciller Héctor Timerman, el dirigente piquetro Luis D'Elía y el diputado nacional Andrés “Cuervo” Larroque, uno de los referentes de La Cámpora, quienes supuestamente participaron de ese acuerdo.
El diputado y uno de los jefes de La Cámpora también fue denunciado.
También fueron denunciados el empresario de la comunidad islámica Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, el líder de la organización Quebracho, Fernando Esteche, el ex fiscal Héctor Luis Yrimia y el supuesto agente de Inteligencia Allan Bogado, quien supuestamente hizo de intermediario con los iraníes.
Según Nisman, D´Elía, Esteche, Larroque y Khalil llevaban adelante una suerte de diplomacia paralela, por fuera de la Cancillería, para lograr un acercamiento con Irán y lograr que naufragara la acusación contra los ciudadanos de ese país acusados de llevar adelante el ataque contra la AMIA.
Los delitos que reprochó Nisman a los ex funcionarios del gobierno kirchnerista son los de encubrimiento por favorecimiento personal agravado, impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El líder de Quebracho también fue denunciado por el fiscal.
El encubrimiento por favorecimiento personal agravado tiene una pena de un año y medio a seis años de prisión para quien "ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o sustraerse a la acción de ésta", luego de la comisión de un delito "especialmente grave", mientras que el impedimento o estorbo del acto funcional tiene una pena 15 días a seis meses de cárcel.
El artículo 248 del Código Penal es el que castigo el incumplimiento de los deberes de funcionario público. El texto señala que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.