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Control de stock y ventas: la nueva estrategia del Gobierno para evitar avivadas con los precios

La Secretaría de Comercio Interior creó el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre). Cómo funciona y para qué sirve.

17 Marzo de 2021 10:49
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La Secretaría de Comercio Interior creó el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre), en el cual las grandes empresas deberán informar mensualmente los precios de sus productos, cantidades vendidas y stocks de bienes finales e intermedios.

Lo hizo a través de la resolución 237/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, que no implicará para las empresas ningún gasto o trabajo adicional, debido a que es una información con la que ya cuentan y que deberán enviar por sistema y bajo declaración jurada.

En una primera etapa, la medida alcanzará a alrededor de medio millar de firmas de los sectores de alimentos y bebidas, higiene personal y limpieza; materiales para la construcción y muebles; químico y agroquímico; y de electrónica y electrodomésticos.

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Con esta iniciativa, el Gobierno persigue el objetivo de "entender mejor la evolución de los precios en cada cadena de valor para luego hacer mejores políticas para el mercado interno", explicaron fuentes del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Los sectores comprendidos inicialmente son aquellos que cuentan actualmente con mayores tensiones de abastecimiento, stocks y precios; luego, en una segunda etapa se incorporarán más rubros hasta alcanzar alrededor de 1.000 empresas.

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"Queremos contar con información fiable y actualizada mes a mes para hacer más sencilla la cadena de comercialización y poder prever con anticipación problemas de stock o de abastecimiento", ampliaron desde el Ministerio que conduce Matías Kulfas.

La primera presentación deberá realizarse entre los días 1 al 10 de abril de este año y, por única vez, se informarán los precios, cantidades vendidas y stock disponibles para los meses de enero, febrero y marzo del 2021; luego, el trámite mensual hará referencia a los mismos ítems pero sólo del mes inmediato anterior.

En todos los casos, se podrán realizar rectificaciones de lo informado en los cinco días siguientes al cierre correspondiente (11 al 15 de cada mes).

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