El proyecto de ley de Emergencia económica que se encamina a ser aprobado en las próximas horas por el Senado y esta mañana obtuvo media sanción en Diputados le permitirá al presidente Alberto Fernández tener facultades para tomar medidas que normalmente deberían pasar por el Congreso, como la emisión de deuda, revisiones tarifarias y la suspensión de la fórmula previsional.
La oposición alzó la voz durante el extenso debate que se prolongó en Diputados por casi 20 horas, donde finalmente la ley fue aprobada con 134 votos a favor y 110 en contra. La diputada Elisa Carrió llegó a decir que se autorizaba “una dictadura por seis meses”, debido a las atribuciones que tendrá el presidente, y desde el radicalismo difundieron un listado con los “11 superpoderes” que tendrá Fernández tras la sanción de la ley.
RENEGOCIACIÓN DE LA DEUDA
Entre otras facultades, el presidente podrá gestionar la renegociación de la deuda con el FMI y el resto de los acreedores sin pasar por el Congreso. De hecho, la toma de la deuda millonaria con el Fondo tampoco fue aprobada ni tratada ni siquiera enviada al Parlamento. El artículo 3 de la ley faculta al Ejecutivo a llevar adelante “las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública”, aunque el siguiente artículo aclara que debe remitir un informe a la Bicameral de Control de la Deuda sobre los alcances de las gestiones.
EMISIÓN DE DEUDA
El artículo 57 de la ley autoriza al Ejecutivo a emitir letras en dólares por U$S 4.571 millones a diez años. El artículo 58 faculta al gobierno a adquirir divisas en el Banco central con esas letras, por igual cantidad a las nominalmente expresadas.
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TARIFAS
Otra de los aspectos que cuestionaban es la facultad de revisar los cuadros tarifarios de los servicios públicos. El proyecto plantea que el Poder Ejecutivo podrá iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión extraordinaria. Por lo pronto, también establece que las tarifas serán congeladas durante seis meses.
INTERVENCIÓN DE ORGANISMOS DE CONTROL DE SERVICIOS
Otro los “superpoderes” que cuestiona la oposición tiene que ver con la posibilidad del presidente de intervenir los organismos de control de los servicios públicos, como el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS). El plazo máximo de la intervención que podrá disponer Fernández es de un año, tal como lo indica el artículo 6.
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INCORPORAR NUEVAS OPERACIONES AL IMPUESTO AL DÓLAR
La ley establece el pago de un impuesto del 30 por ciento a las compras realizadas con tarjeta en el exterior, así como un gravamen del 30 % para la compra de la divisa norteamericana para ahorro. Quedan exentas las compras de medicamentos, libros y material para el desarrollo de investigaciones.
AUMENTOS JUBILATORIOS
Otra de las críticas de la oposición es la facultad que otorga la ley para que el Ejecutivo fije aumentos jubilatorios por decreto, suspendiendo por 180 días la fórmula previsional vigente. Hasta ahora, el Gobierno anunció que habrá dos aumentos para quienes reciban la mínima, en diciembre y enero, de $5.000. La clave es qué ocurrirá con los aumentos que por ley se debían aplicar en marzo y junio.
AUMENTOS AL SECTOR PRIVADO POR DECRETO
Es otro de los aspectos que critica la oposición de los “superpoderes” que tendrá el Ejecutivo. El jueves la CGT se reunió con el gobierno, que transmitió la voluntad de decretar aumentos por decreto para los trabajadores del sector privado. El artículo 54 de la ley faculta al Ejecutivo para hacer incrementos salariales mínimos. Las subas serán a cuenta de futuros aumentos en paritarias. Además, la ley faculta al Ejecutivo para reducir aportes patronales y contribuciones personales para sectores que atraviesen situaciones críticas.Por otra parte, la oposición rechaza otros aspectos que podrían otorgar “superpoderes” al presidente Fernández, entre los que mencionan la fijación o la modificación de nuevas retenciones, la baja de las retenciones a productos de economías regionales y la prórroga de emergencias que ya hubieran sido declaradas en el pasado, así como la fijación de impuestos adicionales para bienes que se encuentren en el exterior.