Por mayoría, con la firma de sus cinco integrantes, la Corte Suprema de Justicia resolvió hoy rechazar un pedido del Gobierno de Mauricio Macri para tomarse 120 días hábiles para resolver si acepta la propuesta del Correo SA, de la familia Macri, en el eterno concurso de acreedores.
La Corte resolvió hoy que fue mal concedido por la Cámara Comercial el recurso federal para acudir al máximo tribunal bajo el argumento de la existencia de “gravedad institucional” en el caso en cuestión, por lo que el Poder Ejecutivo a través del Procurador del Tesoro, Bernardo Saravia Frías había pedido ese plazo para resolver si aceptaba la propuesta de la familia presidencial en el juicio que le inició el Estado.
La fiscal que interviene en el concurso del Correo, Gabriel Boquín, fue quien advirtió que la propuesta que la firma había realizado a poco de la llegada de Mauricio Macri a la presidencia significaba un enorme perjuicio para el Estado. Cuando se conoció ese dictamen, Macri dio una conferencia de prensa para anunciar que había ordenado que se diese “marcha atrás”.
El concurso siguió adelante y la empresa presentó nuevos planes de pago. Lo llamativo del caso es que las propuestas de la empresa controlada por la familia Macri, eran contestadas por funcionarios que responden al presidente Mauricio Macri. De esta forma, el presidente estuvo en los últimos cuatro años de los dos lados del mostrador.
En esa línea, lo que pedía el organismo que encabeza Bernardo Saravia Frías era más tiempo (un plazo no menor a 120 días hábiles) para resolver si aceptaba una propuesta que presentó el Grupo Socma (controlador del Correo, de la familia Macri) para cerrar el concurso. Hace más de 30 meses que el Estado debe esa respuesta.
La Sala B de la Cámara en lo Comercial rechazó el pedido de más tiempo del Estado, pero a la vez le abrió la puerta para discutirlo en la Corte. Por eso hoy el máximo tribunal declaró mal concedido el recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado Nacional y dispuso la devolución de la causa para continuar con el trámite del concurso.
Tal vez hasta de forma sorpresiva, la resolución de la Corte fue firmada por los cinco miembros de la Corte: Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.
“La Corte sostuvo que el mero hecho de que sea el Estado Nacional quien recurre, sin precisar de qué manera la decisión pondría en juego principios esenciales de orden social, cuyas consecuencias se proyectarían sobre instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o la defensa del interés de la sociedad como un todo, como se afirma, importa desconocer el riguroso principio de acuerdo con el cual la presencia de “gravedad institucional” no constituye una causal autónoma de procedencia del recurso; que -en todo caso- sólo facultaría al Tribunal para prescindir de ciertos recaudos formales frustratorios de su jurisdicción extraordinaria, pero no para tomar intervención en asuntos en los que no se ha verificado la presencia de una cuestión federal”, sostuvo el Centro de Información Judicial, al dar a conocer la decisión.
“Con este esencial argumento y descartada la existencia de cuestión federal por la Cámara -decisión que no fue cuestionada por el Estado Nacional con el correspondiente recurso de queja-, el Tribunal declaró mal concedido el recurso extraordinario y dispuso la devolución del expediente al tribunal de grado para que continúe el trámite del concurso”, agregó el sitio que depende de la Corte.
A mediados de julio, Correo Argentino SA hizo una nueva propuesta para los acreedores. Ofreció pagar su deuda de $296 millones por el canon impago de la concesión, más los intereses acumulados desde julio de 2002, en un solo pago y al contado. También renunciar a cualquier juicio futuro contra el Estado por daños y perjuicios -en particular, lucro cesante- “por la quita de la concesión del servicio postal y la apropiación de sus activos”, que tuvo lugar durante el Gobierno de Néstor Kirchner.
Pero el Estado Nacional, a través de la Procuración, pidió aclaraciones y solicitó la suspensión del plazo para expedirse. La Cámara denegó el pedido de los 120 días de suspensión, aunque concedió una prórroga de 15 días para que el Estado manifieste si acepta o rechaza la propuesta.Ahora con la decisión de la Corte, el Estado debe responder a la oferta de la familia del Presidente.