20 Abril de 2021 19:31
Tras el fallo de tres jueces porteños que permitió desconocer el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno Nacional y le dio vía libre al jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta para permitir las clases presenciales en las escuelas, un Juzgado Federal dejó sin efecto la medida cautelar. De esta forma, el miércoles no se abrirán las escuelas de la Ciudad.
El dictamen fue realizado por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 2, Esteban Furnari, quien aceptó parcialmente el pedido del Estado Nacional y declaró incompetente a la Cámara de Apelaciones porteña. El expediente fue enviado a la Corte Suprema, que tendrá la última decisión sobre la suspensión de las clases presenciales hasta el 30 de abril, para evitar la propagación del coronavirus durante la segunda ola en Argentina.
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En la resolución del fallo se lee que admitió parcialmente la inhibitoria planteada por el Estado Nacional y completa: "declarar la incompetencia del fuero en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de las Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, y disponer su remisión a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN por la vía originaria, haciéndose saber a la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y al Juzgado nº 1 de aquel fuero -según corresponda- que deberán instrumentar la remisión ordenada".
En el segundo punto, Furnari decidió: "Dejar sin efecto la resolución cautelar dictada el 18 de abri de 2021 en la causa “FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS EN POLÍTICAS PÚBLICAS SOBRE INCIDENTE DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA - QUEJA POR APELACION DENEGADA”, expte. nº 108441/2021-1; y hacer saber al GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES que deberá abstenerse de aplicar y/o ejecutar la medida allí ordenada". Por último, envió el fallo a la Crote Suprema de Justicia.
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Ayer, la Corte Suprema de Justicia aceptó su competencia originaria en el caso ante la acción declarativa de certeza presentada por el gobierno porteño y le corrió traslado al gobierno nacional para que conteste y aporte pruebas.El fallo, al que accedió este medio, fue dictado con el voto de los ministros Carlos Rosenkrantz, Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Ricardo Lorenzetti. Elena Highton de Nolasco se expresó en disidencia porque considera que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria” del tribunal.