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El FPV denuncia al Gobierno por incluir a sus familiares en el blanqueo

Los diputados kirchneristas acusaron "abuso de autoridad". Quienes podrán adherirse al Régimen de Sinceramiento Fiscal.

01 Diciembre de 2016 15:44
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Los diputados del Frente paras la Victoria (FPV), encabezados por el jefe de bloque Héctor Recalde, denunciaron hoy al presidente Mauricio Macri, al jefe de Gabinete, Marcos Peña, y al ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat-Gay, por el presunto delito de "abuso de autoridad" al habilitar a través del Decreto 1206/16 a que familiares de funcionarios públicos puedan adherirse al Blanqueo de Capitales.

Los tres denunciados por el kirchnerismo.

Es que, según la denuncia que recayó en el Juzgado Federal Criminal y Correccional n°2, presidido por Sebastián Ramos, el Gobierno habría "violado el espíritu" de la Ley 27.260 de Régimen de Sinceramiento Fiscal en la que hasta la líder de la Coalición Cívica, la oficialista Elisa Carrió, había exigido excluir a los familiares de funcionarios públicos para evitar "acuerdos de impunidad".

Elisa Carrió había advertido sobre el pacto de "impunidad".

Sin embargo, gracias al decreto publicado ayer en el Boletín Oficial, ahora pueden "los cónyuges, los padres y los hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del Artículo 82 antes mencionado". Para eso, los familiares deberán demostrar que los bienes a exteriorizar habían sido adquiridos previamente a la llegada del funcionario público al Estado.

Presidente, vicepresidente, gobernador, vicegobernador, jefe de Gobierno porteño, vicejefe e intendente.

Jefe de Gabinete, ministro, secretario, subsecretario nacional, provincial, municipal y porteño.

Interventor federal, provincial, municipal y porteño.

Embajador, cónsul o funcionario destacado en misión oficial permanente en el exterior.

Senador y diputado nacional, provincial, municipal, legislador porteño y parlamentario del Mercosur.

Magistrado del Poder Judicial nacional, provincial, municipal y porteño.

Magistrado del Ministerio Público Fiscal nacional, provincial, municipal y porteño.

Miembro del Consejo de la Magistratura o jurado de enjuiciamiento.

Defensor del Pueblo o adjunto nacional, provincial, municipal y porteño.

Entre otros funcionarios entre el 1 de enero del 2010 y la vigencia de la presente ley.

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