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El informe que demostró que la quita de la deuda del Correo de la familia Macri fue del 98,82%

El peritaje forma parte de la causa que se tramita en Comodoro Py.

19 Febrero de 2021 11:18
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Un estudio contable que encargó la Justicia determinó que el acuerdo que buscó cerrar la administración de Mauricio Macri con el Correo Argentino por la millonaria deuda que mantenía le generaría un perjuicio a las arcas del Estado.

El peritaje, publicado por el sitio Infobae, sostiene que en las 126 combinaciones que se realizaron del análisis de cálculo de intereses, punitorios y cuotas el promedio de quita osciló en el 92%. Ese informe va en sintonía con lo que había denunciado la fiscal ante la Cámara, Gabriela Boquin, que sostuvo en su primer dictamen en 2016 que se trataba de un acuerdo espurio para el Estado porque permitiría una quita del $70.000 millones a lo largo de todo el proceso.

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La prueba forma parte del expediente judicial que se inició en Comodoro Py en el juzgado de Ariel Lijo como consecuencia de la denuncia defraudación al Estado. Se trata de una de las causas que más preocupan al ex presidente, que siempre sostuvo que el acuerdo que había llevado adelante Soca America S.A con el ex ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, no era a favor de los intereses de su familia, sino que buscaba cerrar el conflicto judicial que se había originado en 2003.

Sin embargo esta nueva evidencia sostiene lo contrario. En su momento la fiscal de Cámara había encargado un análisis a la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de la Procuración General de la Nación, que había determinado que “el valor real de la propuesta rechazada implicaba una quita del 99,16% y la propuesta aceptada, implica una quita velada del orden del 98,82%”.

Es por eso que considero como “abusiva” la propuesta y no sólo la rechazó sino que además se encargó de hacer conocer su postura sobre que había un negocio detrás. Boquín, muy cercana a la ex Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, y miembro de Justicia Legítima, fue crítica en ese entonces incluso por el ex presidente que la tildó de fiscal militante.

Al mismo tiempo que se conocía este informe, la Cámara Nacional en lo Comercial rechazó, por "tardía" la solicitud de Socma Americana S.A., de la familia Macri, para que la jueza Marta Cirulli sea apartada del proceso sobre el concurso preventivo del Correo Argentino.Hace una semana la Sala B de la Cámara desestimó un planteo de SOCMA, que, como accionista de la concursada, pedía que se diera intervención al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJCBA) en el trámite de recusación de la fiscal Boquin, que también le había resultado adverso.

Socma sostuvo que la magistrada de primera instancia había incurrido en prejuzgamiento y, al igual que en caso de la fiscal de cámara, actuaba con "parcialidad" y "evidente animosidad" contra el Correo Argentino.

La empresa destacó, además, que a mediados de 2017, Cirulli fue objeto de una denuncia penal por parte de Boquin, quien dijo que favorecía el "vaciamiento" de la concursada. Meses atrás, cuando produjo su informe sobre el pedido de que fuera apartada del expediente, Cirulli afirmó no estar comprendida en las causales de recusación que se le endilgaban.

En esta ocasión Boquin dictaminó a favor de la magistrada de primera instancia y, en coincidencia, la Sala B de la Cámara desestimó el planteo recusatorio sin más trámite "en tanto resulta extemporáneo", dijeron los portavoces.

"Las normas procesales establecen los plazos en que pueden ser recusados los magistrados y desde esa óptica la recusación intentada se aprecia interpuesta fuera de término, considerando que Socma Americana S.A. se presentó en este proceso universal con fecha 24 de junio de 2019", remarcó el tribunal.

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Las camaristas María Gómez Alonso y Matilde Ballerini recordaron que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que la recusación "con causa" se debe plantear en "la primera presentación" de la parte en el expediente, mientras que si el motivo es "sobreviniente", el plazo es de cinco días de haber llegado a conocimiento del solicitante.

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