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Gobierno aprovecha reforma de Ganancias para hacer pagar a los jueces

El proyecto que se discute esta tarde en el Senado incluye un artículo para que magistrados, fiscales y empleados del Poder Judicial que empiecen a cumplir funciones a partir de 2017 queden alcanzados por el gravamen.

21 Diciembre de 2016 14:35
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El proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias que el gobierno nacional envío esta semana para ser aprobado por el Congreso incluye un capítulo que no estaba en los papeles: la decisión de que los jueces y empleados judiciales que comiencen a cumplir funciones a partir de 2017 sean alcanzados por el gravamen.

La iniciativa consensuada entre la Casa Rosada, la CGT y los gobernadores incluye entre sus puntos más destacados la elevación del mínimo no imponible para los casados con dos hijos a 37 mil pesos (30.500 de bolsillo) y a 28 mil pesos (23.200) para los solteros.

Pero además establece que quienes ingresen al Poder Judicial (jueces o empleados) y al Ministerio Público (fiscales) pagarán Ganancias a partir de enero de 2017.

Macri con Garavano y Lorenzetti. Si se aprueba el proyecto, los jueces tendrán que pagar.

La reforma de Ganancias incluye a funcionarios y empleados del Poder Judicial, que antes no estaban contemplados, pero deja al margen a todos los que ya cumplen funciones.

"En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive", dice el texto oficial que se está discutiendo en el Senado.

Desde la Casa Rosada, anticiparon a BigBang que se trata de un debate pendiente desde hace muchos años y que la intención del oficialismo es que "de acá en adelante no haya más privilegios para el poder judicial".

El Senado debate la reforma de Ganancias. 

Junto con el debate con la CGT y los gobernadores, el gobierno pretende dar una señal de que en la nueva etapa todos serán "iguales ante la ley". "En sólo 12 meses logramos avanzar en una deuda pendiente que llevaba 20 años sin ser resuelta", repiten entusiasmados en Casa Rosada.

La reforma no incluye a los jueces y fiscales que ya están en funciones porque el artículo 110 de la Constitución Nacional determina la intangibilidad de los sueldos de  los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación.

- El dictamen aprobado por el Senado de la Nación plantea la modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto elaborado en 1997, y la sustitución de los incisos a) y c) del Artículo 79, por los siguientes:

a) Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

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