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Javier Milei limita el acceso a la Información Pública: secretos de Estado y reuniones privadas

Lo que se deberá tener en cuenta a la hora de solicitar Información Pública.

02 Septiembre de 2024 12:44
Javier Milei
Javier Milei

Desde su campaña electoral, Javier Milei aseguró que se traía drásticos cambios bajo la manga. En las últimas horas, se hizo de público conocimiento la transformación en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública; ésto se dio a conocer a través del Decreto 780/2024 publicado en el Boletín Oficial, donde se redefinieron conceptos claves y se estableció qué datos serán conocidos por los ciudadanos y cuáles quedarán en la privacidad del gobierno. 

Según el gobierno libertario, aquellos eventos que involucren datos privados -ya sea de personas humanas o jurídicas- podrán mantenerse en privado, siempre y cuando no involucren el interés del público. ¿Qué no quieren que se sepa "El León" y su gabinete?: "No se entenderá como información pública aquella que contenga datos de naturaleza privada", dicta el Decreto. Así La Libertad Avanza no deberá dar explicación sobre lo que sucede en la Quinta Olivo ya sean reuniones familiares o de trabajo. 

quinta de olivos, donde reside milei
El gobierno libertario resguarda información que considera de índole privado

En esta ley, también fue modificado el concepto de "documento", donde se consideran documentos públicos aquellos registros generados, controlados o cuestionados en el marco de la actividad estatal. Es decir, aquellos papeles de trabajo o exámenes preliminares no serán tratados como documentos públicos.

Los secretos del Estado se resguardan con la nueva decisión de Milei, ya que fijó 10 años de blindaje sobre aquellos datos confidenciales, ya sea por razones de seguridad del país o de los personajes políticos. Pero las confidencias privadas no son lo único que serán desconocidos por los argentinos, sino que además protegió el secreto financiero y los datos que maneja el Banco Central

Sin transparencia no hay democracia
Sin transparencia no hay democracia

Para llegar a la información, el Decreto estableció requisitos específicos que deben cumplirse a la hora de acceder a dicha comunicación. En el caso de personas humanas, se debe acreditar nombre, apellido, documento de identidad, domicilio y, por último, un correo electrónico. Las personas jurídicas deben disponer de otros datos como el CUIT y la razón social. Además, deberán identificar al responsable legal, presentando una copia del poder legalizado para acreditar la condición. 

Para acceder a la información pública, el gobierno creó una plataforma digital, en la que se gestionarán las solicitudes de acceso, teniendo en cuenta la identificación del solicitante; además quedará guardado en el sistema el proceso de solicitud y su respuesta. Esta modalidad, permitirá a la Agencia de Acceso a la Información Pública monitorear las solicitudes, por lo que se tendrá en cuenta aquellas que generen "abusos" al derecho de la información.

La  Agencia de Acceso a la Información Pública controlá las solicitudes por un nuevo sistema
La Agencia de Acceso a la Información Pública controlará las solicitudes a través de un nuevo sistema

Sin embargo, no todos los datos serán de acceso, ya que hay excepciones, protegiendo así la divulgación de la misma. Según el escrito, esto es para evitar que la difusión dañe o ponga en riesgo a las personas involucradas en investigaciones o denuncias. 

Lejos de querer involucrarse en la visita de sus diputados a los genocidas en el penal de Ezeiza, Javier Milei aclaró en esta Ley, que la información en causas judiciales, las cuales estén relacionadas a graves violaciones de los Derechos Humanos, deberán ser, obligatoriamente, suministrada al público. 

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