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La doble vara de la Corte: en 2019 Rosenkrantz votó a favor de la re-relección de Weretilneck

No primó el mismo criterio ayer con San Juan y Tucumán.

10 Mayo de 2023 14:54
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El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspendió las elecciones a gobernador y vice en San Juan y Tucumán, agigantó el conflicto que existe entre el Poder Judicial y el Gobierno nacional y, a su vez, puso de relieve muchas incongruencias que los magistrados y la oposición que los apoya tienen respecto a la intervención sobre la libertad de poderes.

 

Una de estas demostraciones de tener distinto criterio para casos similares se dio en 2019 en Río Negro, cuando el juez Carlos Rosenkrantz avaló con su voto que Alberto Weretilneck pueda ir a una re-reelección, cuando venía de ser vicegobernador de Carlos Soria, y asumir tras su muerte a sólo tres semanas del primer día de gobierno.

El problema del voto del magistrado era que se contradecía con el artículo 157 de la constitución provincial, que establece que "el gobernador y el vice pueden ser reelectos o sucederse reci?procamente por un nuevo peri?odo y por una sola vez. Si han sido reelectos o se han sucedido reci?procamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con un peri?odo de intervalo".

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Para Rosenkrantz esto no era tan así, ya que según su criterio, el hecho de que en el binomio no se hayan repetido Soria y Weretilneck juntos, habilitaba que el gobernador vaya por un tercer mandato.

Esto no le pareció ni a Weretilneck ni al Tribunal Superior provincial, que respaldó al candidato. Y fue por esto que el peronismo tuvo que apelar para que se respete el fallo que la Corte Suprema había dictado respecto a la candidatura de Gerardo Zamora en Santiago del Estero en 2013, cuando se dio este mismo debate y terminó siendo la candidata Claudia Ledesma Abdala de Zamora.

 

Al mismo tiempo, y tal como recuerda Infobae, no sólo Rosenkrantz tuvo un criterio distinto al que manifestó con su voto el martes, sino que además opinaba que la Corte Suprema no tenía competencia originaria en el caso, es decir que no había un conflicto entre dos poderes ejecutivos o dos poderes del mismo distrito, y que por eso no se debía meter en la interpretación que hacían los tribunales locales respecto a su propia constitución.

Esta postura tampoco se presentó en los últimos dos fallos sobre San Juan y Tucumán, donde tampoco existió un conflicto de este tipo, y eso no significó que la Corte no se expida al respecto. Si bien la situación es evidente, la argumentación de Rosenkrantz supuestamente se ampara en que en estos dos casos si hay un problema que atenta contra las constituciones provinciales y que busca la perpetuidad en el poder, atentando contra el principio republicano de gobierno.

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El problema es que ninguno de estos criterios existió en 2019 con respecto a Río Negro, ya que allí dijo que la Corte no podía intervenir para definir cuál era la mejor entre dos interpretaciones posibles de un mismo artículo.

Según definieron en Infobae, "el problema de este estándar (malísimo, por cierto) es, justamente, que si la norma constitucional local es ambigua (como, por definición, suelen ser las normas constitucionales) y el tipo que se quiere perpetuar en el poder controla el Poder Judicial local, estás al horno porque te van a clavar la interpretación que más le convenga a los intereses del tipo".

 

En tiempos donde la verdad parece salida de la definición de del humorista Groucho Marx sobre los principios, esa que dice "estos son mis principios, si no le gusta tengo otros", la doble vara de la Corte Suprema parece una burla al sistema republicano y democrático.

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