El 24 de mayo, el fiscal federal Guillermo Marijuan pedía abiertamente el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa en la que se investigaba si tuvo alguna vinculación con las maniobras de lavado de dinero por las que fue condenado el empresario Lázaro Báez.
El funcionario aseguraba que no existían pruebas directas para asociar a la ex presidenta con las maniobras de lavado de dinero y, además, acusó a ex funcionarios macristas de querer evitar el sobreseimiento de la ex mandataria. Este lunes, tan solo un puñado después de la solicitud de Marijuan, el juez federal Sebastián Casanello sobreseyó a la vicepresidenta.
El representante del Ministerio Público Fiscal había dejado asentada su posición en un dictamen de 46 páginas que le presentó al juez Casanello en el que remarcó que, a pesar de haber exhibido un vínculo "directo" entre la ex mandataria y el empresario, no logró reunir elementos probatorios que le permitieran avanzar más allá de la sospecha manifestada en su momento para convocarla a indagatoria.
"Aún con la claridad de esa vinculación de Lázaro Báez con Cristina Fernández, habiendo transcurrido más de diez años, desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente, no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió" interrogarla, sostuvo el fiscal.
"A esa debilidad probatoria para sostener una posible orden de Cristina Fernández y/o cualquier otro tipo de acción, ya sea, coactuar, participar y/o instigar el movimiento ilícito de los fondos llevados a Suiza, se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -al voto mayoritario me refiero-, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo", remarcó Marijuan.
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Y a su vez, señaló: "Ello pues, como abordaré en adelante, no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro A. Báez y la evasión fiscal de su 'patrimonio', que yo llamaría botín, dejando a un lado, el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento".En el fallo invocado por Marijuan, los jueces del máximo tribunal penal confirmaron que existieron las maniobras de lavado de dinero por 55 millones de dólares aunque votaron de manera dividida al expedirse sobre el origen de esos fondos: los camaristas Ángela Ledesma y Mariano Borinsky lo vincularon con maniobras de evasión impositiva, mientras que el juez Javier Carbajo avaló la hipótesis de que pudieran provenir de delitos vinculados a la Obra Pública.
"Resulta inconducente ingresar al tratamiento de los cuestionamientos impetrados por las defensas contra el razonamiento seguido por el voto mayoritario del tribunal a quo (el Tribunal Oral Federal 4) sobre el origen ilegal de los fondos, eventualmente provenientes de delitos contra la administración pública y su compatibilidad, o no, con la comisión de delitos tributarios", había sostenido, de todas formas, Borinsky en su voto.
El fiscal Marijuan sostuvo en su dictamen de hoy que el voto mayoritario de los jueces de la Sala IV de Casación "resulta a todas luces desacertado" porque implica "anular" como delito precedente "la asignación irregular de obra pública", lo que a su criterio implica "esconder una realidad innegable".
El fiscal resaltó es su dictamen que no tiene "duda alguna de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Fernández y Lázaro Antonio Báez" y agregó: "La reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un período de poco más de dos años".
Párrafos más abajo sostuvo que "de esas comunicaciones, 4 se registraron entre líneas a nombre de Cristina Fernández y teléfonos registrados como de Lázaro Báez", por lo que sostuvo que eran "algo más que simples conocidos de Santa Cruz y tenían un contacto fluido". Tras todo ese análisis, Marijuan concluyó que en los 10 años de investigación no se pudo probar que la vicepresidenta fuera coautora o tuviere una participación "en esa concreta y puntual maniobra de lavado de dinero".
La vicepresidenta "fue imputada formalmente por esta parte el 8 de abril de 2016 con motivo de la ampliación del requerimiento fiscal realizado en el presente sumario luego de la declaración indagatoria prestada por Jorge L. Fariña, en su carácter de imputado colaborador", recordó Marijuan. "En aquella oportunidad y en su extensa declaración, Jorge Leonardo Fariña confesó haber llevado adelante maniobras de lavado de dinero por orden y cuenta de Lázaro Antonio Báez entre los meses finales de 2010 y mitad de 2011, a través de la aplicación de fondos de origen espurio en bienes en el país y cuentas bancarias en Suiza titularidad de sociedades off shore, armadas para la actividad ilícita desplegada", recordó el fiscal.
Además sostuvo que en su declaración Fariña le había dicho que Báez había hablado con la entonces presidenta Fernández de Kirchner y que ella le habría preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque eso le habrían comunicado desde la Embajada de Estados Unidos. De esta manera, Casanello sobreseyó a la vicepresidenta en concordancia a los pedidos de Marijuán y de las querellas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Unidad de Información Financiera (UIF), y rechazó el pedido de la asociación civil Bases Republicanas de ser querellante en la causa para continuar con la imputación por considerarlo inadmisible.
“Frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer -acompañada por el resto de las agencias estatales-, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición, que en el presente caso se hayan satisfechos toda vez que la fiscalía ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente”, sostuvo Casanello en su resolución en la que aclaró que “la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubiera gozado” de la vicepresidenta.