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Política

Los alquileres continuarán congelados hasta fines de enero y no podrá haber desalojos por falta de pago

La medida fue oficializada hoy. Regirá hasta el 31 de enero. Tampoco habrá aumentos en las cuotas de créditos hipotecarios.

25 Septiembre de 2020 08:36
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Por decreto, el Gobierno prorrogó el congelamiento de los alquileres, el plazo de vigencia de los contratos y las cuotas de los créditos hipotecarios hasta el 31 de enero, en medio de la crisis económica desatada por la pandemia de coronavirus. Además, continuarán suspendidos los desalojos por falta de pago.

La medida también dispone la suspensión de las ejecuciones hasta fines de enero, ya sean hipotecarias, judiciales o extrajudiciales. En el caso de las cuotas de los préstamos para la compra de viviendas deberán pagarse entre el 1° de febrero de 2021 y el 31 de julio de 2022 y no podrán superar el valor determinado en un esquema de convergencia elaborado por el Ejecutivo.

Se trata de un tema clave, que había despertado mucha inquietud entre los inquilinos, ya que el decreto firmado a fines de marzo por el presidente Alberto Fernández vencía el 30 de septiembre. Según la Federación de Inquilinos, si no se renovaba la medida corrían riesgo de ser desalojados más de un millón de familias.

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LOS CRÉDITOS

Por otra parte, se extiende la mediación obligatoria por el plazo de seis meses, a partir del 30 de marzo de 2021, y la suspensión establecida con anterioridad, lo que implica prolongar el congelamiento del valor de las cuotas de créditos hipotecarios hasta el 31 de enero próximo, con lo que seguirá vigente el de marzo cuando se dictó la emergencia sanitaria en todo el país.También dispone suspender las ejecuciones hasta la misma fecha, sean "hipotecarias, judiciales o extrajudiciales". La norma además alcanza a los "lanzamientos ya ordenados" y que no se hubiesen llevado a cabo.

La norma además establece que las cuotas de créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y deban pagarse entre el 1° de febrero de 2021 y el 31 de julio de 2022 no podrán superar el valor determinado en un esquema de convergencia elaborado por el Poder Ejecutivo.Desde hoy y hasta el 21 de julio de 2022 las entidades financieras deberán habilitar una instancia para considerar la situación de aquellos clientes que acrediten que el importe de la cuota a abonar supera el 35 por ciento de sus ingresos actuales. Además, las insta a "contemplar situaciones especiales debidamente acreditadas que deriven en una variación de los deudores/codeudores considerados o deudoras/codeudoras".

Desde el Gobierno bonaerense aseguran que la provincia registra un 15% menos de casos de Covid-19 que la semana anteriorPor otro lado, se estableció que las deudas que puedan generarse entre el 1° de octubre y el 31 de enero del año 2021, originadas en la falta de pago o por pagos realizados fuera de plazo o por pagos parciales, podrán ser convertidas a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y refinanciadas a pagar a partir de la finalización del cronograma vigente del préstamo, en cuotas que no podrán superar la cuota original del préstamo. En caso de aplicar intereses compensatorios, no podrán exceder la tasa de interés del préstamo original.