El programa “Compre sin IVA” comenzó el 18 de septiembre siendo todo un éxito y ayudando, hasta el momento, a más de dos millones de personas que pudieron acceder sin problemas. No obstante, viendo lo beneficioso que es y que tiene una duración de 90 días, Sergio Massa confirmó que el próximo lunes se enviará un proyecto al Congreso para que el mismo quede determinado como una ley.
En el mes de julio, cuando el ministro de Economía había anunciado que tenía planificado implementar este nuevo programa, notificó que la duración del mismo sería de 90 días y sólo lo integrarán productos de la canasta básica. Ahora, viendo sus resultados y que en apenas tres días de su implementación ya hubieron más de dos millones y medio de personas que recibieron su devolución IVA, confirmó que el siguiente paso para dar sería preparar un proyecto de ley para enviarlo al Congreso y que pueda debatirse en la Cámara de Diputados.
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Fue así como lo afirmó en la tarde del viernes, mientras que también anunciaba medidas de alivio fiscal para pymes, autónomos y monotributistas, en una conferencia brindada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. "Firmamos la elevación para que ingrese al Congreso una ley que establece un sistema de devolución del IVA en la canasta básica de manera permanente y por ley para los próximos años, para que no quede en una medida simplemente de este contexto sino que quede como un instrumento de política tributaria", notificó el candidato a Presidente por Unión por la Patria.
El programa "Compre sin IVA" es un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un límite de hasta $18,800 y que se aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.
Además, las compras con "Tarjeta alimentar" y tarjetas emitidas a beneficiarios del programa "Potenciar Trabajo" también son elegibles para el beneficio. El único límite en los ingresos mensuales para ser beneficiario es que el monto total mensual de los ingresos no debe superar seis haberes mínimos garantizados.
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Según se detalló en el programa, pueden beneficiarse del régimen de reintegros las personas que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí. Ellos son: jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales. Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
Como también, trabajadores en relación de dependencia, con ingresos mensuales que no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, personal de Casas Particulares. Y monotributistas, excepto si obtienen ingresos de ciertas fuentes específicas.
Las únicas personas que están excluidas del régimen de reintegros son las que están obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, a menos que esta obligación sea exclusivamente por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.