02 Septiembre de 2024 08:36
El presidente Javier Milei vetó oficialmente la nueva ley de movilidad jubilatoria que había sido aprobada por el Senado. La decisión fue oficializada mediante el decreto 782/2024, argumentando que la ley es incompatible con el marco legal vigente porque no considera el impacto fiscal ni especifica su fuente de financiamiento. "Es manifiestamente violatoria del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento", advirtió el decreto y planteó que el proyecto "padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad".
El Gobierno señaló que la implementación de la ley pondría en peligro la sostenibilidad financiera del país, generando deudas y comprometiendo el sistema previsional. El decreto expone que la medida aprobada implicaría un aumento significativo en el gasto previsional, calculado en más de seis billones de pesos para 2024 y quince billones para 2025, lo que representa un aumento del 18,5% y 29,2% respectivamente en el gasto de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Para el Gobierno, este aumento sería insostenible sin recurrir a emisión monetaria, aumento de impuestos o endeudamiento, prácticas que -advierten- busca evitar para controlar la inflación.
Por este motivo, desde el Gobierno le pidieron al Poder Legislativo "actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas, o que contradigan la proyección de ingresos y desnutrición de gastos prevista en el Presupuesto Nacional". "La administración de los recursos públicos debe ser realizada en forma responsable y conforme a los fines públicos y principios de buena administración que debe perseguir toda acción de gobierno, procurando alcanzar el bien común que debe guiar toda política de gobierno", señaló el decreto 782/2024.
Finalmente, el Gobierno advirtió que "esta Administración tiene como objetivo primordial la emisión monetaria cero a efectos de eliminar de raíz la crisis inflacionaria que socava el poder adquisitivo de los argentinos". "Dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina, ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos. La promulgación del proyecto de ley implicaría un manifiesto agravamiento del estado de emergencia", remarcaron.
Por otro lado, el Ejecutivo también emitió un bono extraordinario de 70 mil pesos para jubilados, que beneficiará a aquellos con prestaciones a cargo de la ANSES, incluyendo pensiones no contributivas y graciables. Según lo fijado en el decreto serán beneficiarias de este bono las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo ANSES. Además se dispone que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, también serán alcanzadas por el bono.
El decreto establece que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir cobrará la diferencia. El bono tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
El bono de $70.000 será otorgado a las siguientes personas:
- Jubilados y pensionados con haberes mínimos: aquellos que perciban un haber mensual igual o menor al haber mínimo previsional garantizado recibirán el bono completo. Esta medida está dirigida a asegurar que los beneficiarios con menores ingresos mantengan su poder adquisitivo frente a la inflación.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): las personas que acceden a esta prestación también serán beneficiadas con el bono completo, dado que la PUAM es una de las prestaciones incluidas en el decreto.
- Titulares de pensiones no contributivas: incluye a beneficiarios de pensiones por vejez, invalidez, y madres de siete hijos o más, así como otras pensiones graciables que estén bajo la administración de ANSES.
- Beneficiarios de regímenes especiales y cajas transferidas: aquellos que perciban haberes bajo regímenes previsionales especiales o que provienen de cajas provinciales o municipales transferidas a la Nación también están contemplados en la medida.
El veto presidencial genera un escenario donde el Congreso podría intentar reactivar la ley vetada, pero necesitaría el apoyo de dos tercios de los miembros presentes en ambas cámaras. El Gobierno, por su parte, se ha enfocado en consolidar el apoyo de sus aliados, como el PRO y el MID, para asegurar que la ley no prospere. Finalmente, el Gobierno criticó la ley vetada como un acto de "populismo demagógico" que, de implementarse, llevaría al país a repetir errores económicos del pasado.