15 Enero de 2021 09:00
Según un informe elaborado y presentado por el el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), 1.532 mujeres afrontan causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias argentinas.
El documento tiene como base datos oficiales relevados desde 2012 hasta la actualidad. De acuerdo a la investigación, la mayoría de las mujeres criminalizadas son "pobres, sin trabajo remunerado, la mayoría con hijas e hijos, que viven en condiciones habitacionales precarias".
En los procesos penales que se llevaron adelante contra ellas la mayoría no tuvo acceso a una defensa particular, sino que fueron representadas por la defensa oficial. El CELS halló muchas infracciones de sus garantías al debido proceso.
Estas causas, frecuentemente, comenzaron cuando los equipos de salud las denunciaron, violando su deber de confidencialidad. A veces, los pedidos de ayuda de familiares, parejas o la misma gestante fue tomado como una denuncia.
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"La posibilidad de que un pedido de auxilio sea la ocasión para iniciar la persecución penal es extorsiva: pone a estas personas y a sus familiares en la situación de autoincriminarse a cambio de atención en salud", expresó el CELS.
El organismo también advirtió que la estigmatización a estas mujeres a veces deviene en violencia obstétrica, "con enormes y duraderos sufrimientos físicos y emocionales".
"Las intervenciones de las fuerzas de seguridad y del poder judicial están marcadas por el ensañamiento", añadió apuntando que algunos medios de comunicación encaran coberturas "morbosas" de estos hechos recibiendo información filtrada por los agentes estatales.
"El impacto de todo esto acompaña a la mujer, luego a sus contextos sociales y familiares, aunque nunca sea condenada penalmente", advirtió el organismo por lo cual señaló que la criminalización del aborto y de otros eventos obstétricos no debe ser entendida solo a partir de las condenas. "La condena en estos casos no es un elemento imprescindible para la imposición de un castigo", sentenciaron.
Sobreseimiento instantáneo
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Mientras tanto, voceras del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MGyD) coincidieron con la letrada. "Siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora en la ley (antes de la semana 14 e inclusive), juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio. Es decir, no lo tiene que pedir nadie, y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva ley donde ya no es delito cometer un aborto antes de la semana 14", expresaron.