Un fallo de la Cámara Nacional Electoral podría obligar al Estado a actualizar y aumentar la cantidad de diputados nacionales para que tengan más representación de las provincias. Así se desprende de la resolución que firmaron los camaristas Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera en la que le requirieron al Congreso que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato constitucional establecido en el artículo 45 de la Constitución Nacional, que obliga ajustar la representación a los datos del censo".
De acuerdo con dicha norma, la Cámara de Diputados se compone de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias en una cantidad distribuida proporcionalmente al número de habitantes que tiene cada una de ellas.
Los camaristas señalan que la Cámara baja es la rama del Congreso que los constituyentes organizaron para que fuese “el mapa político del país” o el “espejo de la Nación”, donde se reflejan todos los matices de la opinión pública, con la variedad heterogénea que la caracteriza. Por esto, “tomaron como principio de representación en ella, la población, la colectividad compleja de los habitantes de las provincias y de la Capital. Buscaban, pues, establecer una vinculación íntima y permanente entre representados y representantes, para que estos pudieran ser algo así como la Nación misma personificada en ellos”.
El fallo de la Cámara by Gonzalo Prado on Scribd
Durante el año pasado el ex diputado nacional y líder del Frente Renovador, Sergio Massa, intentó llegar a un acuerdo con el presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó, para que planteen esa situación debido a que el territorio fuerte de ambos es la provincia de Buenos Aires, que es la que mayor cantidad de aumento poblacional tuvo desde el censo de 1980, que es el que se tomó para la composición, y por ende sería la que más nuevos legisladores tendría.
El ex diputado Massa había llegado a un acuerdo con Monzó para intentar postular la ampliación.
Bajo este principio, explican los jueces que “cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina”. Con este propósito, la Constitución Nacional dispone que “después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada por cada diputado” .
La composición de la Cámara podría aumentar después del fallo de la Justicia.
Por último, en la sentencia también se destaca que, más allá de la adecuación que debe realizarse, el número de diputados no necesariamente habría de variar en mucho -pues, como dice la norma constitucional, el Congreso podría elevar la base de cálculo- lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que implicaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos.