Desde el Congreso de la Nación presentaron un proyecto de ley para incorporar una tercera opción registral de la categoría sexo/género del Documento Nacional de Identidad, a los fines de representar el ejercicio del derecho a la autopercepción de género y de reconocer aquellas identidades diferentes a varón/masculino o mujer/femenino de la concepción binaria de género, para toda persona que lo solicite.
Vale aclarar, que la nueva categoría comprende aquellas identidades que no se representan con la concepción binaria de género, y además, estipula que la autoridad de aplicación determinará la forma final de inscripción literal en el DNI de la persona que solicite el cambio.
Se trata de una iniciativa presentada por la diputada nacional de Juntos por el Cambio, Josefina Mendoza, con las adhesiones de sus pares Adriana Cáceres, Camila Crescimbeni, Claudia Najul, Karina Banfi y Maximiliano Ferraro.
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Asimismo, opciones similares han sido receptadas por diversos países en el mundo, como en 2018 Alemania, Australia (2014), Nepal (2007), Dinamarca, Malta, Nueva Zelanda y Pakistán (2009), y los Estados locales de California, Oregón, Montana y Nueva York de los Estados Unidos también contemplan esta categoría.
En Argentina, se ha reconocido el Derecho Humano de auto percibirse por fuera del sistema binario del género/sexo y heteronormativo. En 2018, la provincia de Mendoza dictó una Resolución permitiendo a una persona tener, tanto en su DNI como en su Partida de Nacimiento, sexo indefinido. “El caso mendocino es para celebrar, pero abre el debate sobre la necesidad de saldar el vacío legal que tenemos ante esta problemática”, expresó Mendoza.
“Proponemos materializar esta nueva concepción registral de reconocer el ejercicio del derecho a la identidad autopercibida, como también de reconocer aquellas identidades diferentes de la concepción binaria de género”, remarcó la legisladora nacional del radicalismo.
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Cabe señalar que los y las argentinas intersexuales que no se auto-perciben como hombre ni como mujer, no son contenidos en los estándares del sistema binario de género/sexo que utiliza la legislación de Argentina. Y por otro lado, hoy no existe un protocolo de actuación ante el nacimiento de niños y niñas interersexuales en el país, por lo que los padres se ven obligados a registrar en los documentos de sus hijos el género “femenino” o “masculino”, sin otra alternativa.
“Queda expuesta la necesidad de saldar el vacío legal sobre la materia que posibilita arbitrariedades por parte de la administración pública a la hora de reconocer el derecho a la identidad que son titulares todas las personas que habitan el suelo argentino”, explayó la legisladora Josefina Mendoza.