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Política

Punto por punto, el pedido de expulsión de Fernando Iglesias por sus ataques misóginos

La misiva fue firmada por distintas diputadas y dirigida al presidente de la Cámara, Sergio Massa.

03 Agosto de 2021 16:20
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Un grupo de diputadas nacionales solicitó por escrito la expulsión de Fernando Iglesias de la Cámara de Diputados, como medida de corrección disciplinaria luego del violento ataque misógino que llevó adelante en los últimos días contra Florencia Peña. La misiva, dirigida al presidente de la Cámara, Sergio Massa, hace un racconto no sólo de los tratados internacionales que vulnera de forma sistemática el diputado opositor, sino que además reconstruye los otros ataques contra la libertad de expresión que llevó adelante desde su banca.

El texto completo del pedido de expulsión de Fernando Iglesias

El diputado Fernando Adolfo Iglesias sigue siendo emisor de mensajes de odio y de violencia contra las mujeres. Son sucesivas e incluso sistemáticas las manifestaciones públicas que se encuadran en mensajes de odio y que atentan contra los derechos de las mujeres atentando contra la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; y contra la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, 'Convención de Belem do Pará' del año 1994 que se encuentra consagrada en nuestra Constitución Nacional.

Ya el pasado 9 de Julio del 2020, el diputado en razón de una manifestación pública que llevó a cabo un sector opositor al Gobierno y que se realizó en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio poniendo en riesgo el trabajo de prevención y de cuidado de millones de argentinos, expresó en sus redes sociales discursos de odio y de incitación a la violencia que son incompatibles con el cumplimiento de su responsabilidad pública. Estos mensajes que el diputado hizo públicos en sus redes sociales reprodujeron y avalaron expresiones violentas y misóginas hacia mandatarias de nuestro país. Con esta actitud, el diputado en cuestión, no hizo más que motivar la violencia, el odio y el desborde del ánimo social que dicha manifestación finalmente expresó. Muestra de ello es el grave ataque que un móvil de C5N recibió en manos de algunos manifestantes que asistieron y que resultó de una grave lesión a la libertad de prensa y a los principios democráticos que esta nación protege.

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Pero las expresiones de odio que impactan en la vida democrática de una sociedad y que, en tanto diputado nacional debe proteger, no cesaron de producirse. El pasado tres de marzo, en el programa de TN 'A dos voces', esn un debate que lo tuvo como protagonista realizó expresiones violentas y humillantes sobre Victoria Tolosa Paz, actual pre candidata a ejercer el cargo de diputada nacional por la Provincia de Buenos Aires por el Frente de Todxs, por el único hecho de ser mujer. En aquella oportunidad, expresó: 'Es más difícil discutir porque es mujer, es bonita'. Estos dichos constituyen un acto de violencia mediática y política contra las mujeres que se encuentra alcanzado por la Ley Nacional 26.485 en sus incisos f y h, recientemente modificada por el mismo cuerpo legislativo del que el propio diputado es parte.

Más recientemente, el pasado domingo a la noche, en el programa de TN 'Sólo una vuelta más', se propiciaron comentarios agravantes por razón de género a tres actrices por haber ingresado a la quinta de Olivos. Las actrices fueron víctimas de un acto machista y misógino en donde el diputado se refirió a sus visitas como escándalos sexuales: 'Una cosa es tu vida privada, pero la residencia presidencial es la residencia presidencial. Me permito decir que de estos escándalos sexuales han habido con Juan Domingo Perón, Carlos Saúl Menem y ahora Alberto Fernández'. El diputado violentó simbólica, política y psicológicamente a las actrices mediante un mecanismo típico de violencia de género hacia las mujeres, que consiste en menoscabar su autonomía anulando su condición de sujetas políticas a través de un doble ejercicio de cosificación y de sexualización de sus actos, basándose en el único hecho de ser mujeres. Luego de este hecho, las actrices sufrieron la persecución y ataques por redes, mostrando las consecuencias de la incitación al odio y a la violencia machista. Los dichos misóginos, anclados en una escencialización y estereotipación negativas basadas en el género, se encuentran alcanzados y tipificados por la Ley Nacional 26.485.

Estos actos, especialmente proviniendo de un integrante de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, resultan un hecho de gravedad institucional y democrática y de un insulto no sólo orientado a las personas, sino también a las garantías y principios necesarios para salvaguardar las discusiones democráticas.

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Estas expresiones proferidas por un diputado nacional evidencian una conducta moral al promover y ejercer públicamente discursos de odio que incitan a la violencia política en general y hacia las mujeres, en particular; lo que genera especial preocupación en este contexto en el que la sociedad toda se encuentra pensando estrategias para erradicar las violencias basadas en el género en todas sus formas. Dicho discurso, no hace más que retrocedes en los derechos que, como mujeres y ciudadanas plenas, hemos alcanzado. Además, menoscaba el ejercicio pleno de nuestros derechos políticos y ciudadanos, a la vez que infunde odio en la ciudadanía e incita a la violencia, basándose en el desprecio a los derechos humanos; promoviendo la intolerancia y el irrespeto hacia los derechos fundamentales de las personas. La responsabilidad moral de un diputado miembro de este órgano debe encontrarse respaldada por criterios morales que responden a las normas y principios constitucionales.

Los discursos de odio y de incitación a la violencia se encuentran especialmente cuestionados por los instrumentos normativos internacionales de protección hacia los derechos humanos de las personas que nuestra Carta Magna acoge como instrumentos troncales de la democracia Argentina. En su Artículo 20, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, prohíbe la incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia. En lo que respecta a la Convención Americana por los Derechos Humanos, en su Artículo 13, se establece que todo ejercicio de la libertad de expresión deben basarse en responsabilidades ulteriores, sobre todo en "el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o a la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas".

La Organización para las Naciones Unidas define a los discursos de odio como 'cualquier forma de comunicación de palabra, por escrito a través del comportamiento, que sea un ataque o utilice lenguaje peyorativo o discriminatorio en una relación con una persona o un grupo sobre la base de quiénes son o, en otras palabras, en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otro factor de identidad. En muchos casos, el discurso de odio tiene raíces en la intolerancia y el odio, o los genera y, en ciertos contextos, puede ser degradante y divisivo'.

Según la ONU, los efectos de los discursos de odio son categóricos en la sociedad y afectan la vida comunitaria, el respeto a los derechos humanos y la vida libre de discriminación. La ONU señala que cuando se reproducen discursos de odio, se ve afectada 'la protección de los derechos humanos; la prevención de los crímenes atroces, la prevención del terrorismo y de la propaganda subyacente del extremismo y el antiterrorismo violentos y la lucha contra ellos; la prevención de la violencia de género y la lucha contra ella; el incremento de la protección de los civiles y refugiados; la lucha contra todas las formas de racismo y discriminación; la protección de las minorías; el sostenimiento de la paz; y la participación de las mujeres, los niños y los jóvenes'.

Hacer frente al discurso de odio y a la violencia contra las mujeres en todas sus formas requiere una respuesta coordinada que trate las causas profundas y los factores del discurso de odio, así como sus efectos sobre las víctimas y las sociedades en general.

Por lo tanto, resulta crucial como diputados y diputadas de esta Honorable Cámara salvaguardar la idoneidad moral de este cuerpo legislativo y, ajustada a los parámetros de Derechos Humanos consagrados en nuestra Constitución, impartiendo acciones disciplinarias necesarias para evitar los discurso de odio, la violencia hacia las mujeres y otros colectivos que se sigan reproduciendo en nuestra sociedad; y menos aún como parte de este cuerpo legislativo.

Por los motivos expuestos, desde esta Cámara no podemos avalar la continua difusión de mensajes y actitudes por parte de miembros de nuestra cámara que pongan en riesgo la vigencia de los consensos básicos que hacen a una sociedad democrática y respetuosa de los derechos humanos. No podemos tolerar que un diputado en ejercicio de sus funciones promueva y avale la violencia y el odio orientado a referentes políticos o manifiesta de manera sistemática dichos misóginos y violentos hacia el desempeño político y público de las mujeres en nuestro país, menoscabando nuestros derechos fundamentales y transgrediendo los estándares mínimos de derechos que rigen en un sistema democrático. Como diputados y diputadas tenemos la obligación de enviar un mensaje claro a la ciudadanía de que no vamos a tolerar este tipo de discursos, ni ninguna manera de incentivar la violencia y el odio en nuestra sociedad.

El pedido lleva la firma de Gabriela Cerruti, Mónica Macha, Laura Russo, Hilda Aguirre, Mara Brawer, Ayelén Spósito, Patricia Mounier, Claudia Ormaechea, María Rosa Martínez, María Jimena López, Mabel Caparrós, Gisela Marziotta, Gabriela Estévez, Victoria Rosso y Paola Vessvessian.