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Qué se puede hacer y qué está prohibido por la veda electoral

Desde hoy está prohibido todo tipo de acto político y partidario de cara a los comicios del domingo. No se permitirá la venta de alcohol y las reuniones masivas. El detalle de las actividades que estarán fuera de la ley hasta que pasen las elecciones.

por Bruno Yacono Alarcón

23 Octubre de 2015 05:58
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Finalizó la campaña electoral y comenzaron las restricciones. La veda electoral alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. Sin embargo, la regulación de la propaganda no limita a las redes sociales como Twitter y Facebook.

Hasta el cierre del acto electoral se prohibe realizar actos públicos de proselitismo, la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de votos. Las faltas a estas regulaciones pueden ser consideradas violaciones al Código Electoral y se sancionarán con prisión o multas diversas.

El domingo se definirá quién gobernará al país.

En este sentido las redes sociales no están incluidas ya que no existe organismo que las regule, aunque no estará permitida la publicación en medios de comunicación (sean audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet u otros) de resultados de encuestas, sondeos de opinión o pronósticos electorales.

Además, doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohibe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos y tener abierto los locales destinados a la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas. También se incluyen bares, pubs y boliches.

Doce horas antes y tres después del acto electoral no se podrá vender alcohol.

En tanto, durante las elecciones del domingo y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre, los eventos populares en establecimientos cerrados como la proyección de películas en cines, las fiestas teatrales y deportivas, toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral  y publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Asimismo, a 80 metros de la mesa receptora de votos está inhabilitada la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas y la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

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