La Cámara Federal revocó el procesamiento del ex titular del Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Oscar Parrilli, en una causa a cargo del juez federal Ariel Lijo, en la que se investiga si encubrió al supuesto narcotraficante Ibar Pérez Corradi durante el tiempo en el que estuvo prófugo de la Justicia.
La Sala II de la Cámara revocó el procesamiento porque consideró que no hay pruebas suficientes, pero confirmó a Lijo al frente de la investigación y ordenó que la profundice para determinar si efectivamente hubo un encubrimiento de Parrilli a Pérez Corradi, para que no fuera detenido.
Es en esa causa que fueron intervenidos los teléfonos de Parrilli y en la que se grabaron las conversaciones que mantuvo con la ex presidenta Cristina Kirchner y que fueron difundidas por Luis Majul y en medios oficialistas.
“Habían y siguen habiendo indicios para sospechar que Oscar Parrilli formó parte de una operación de encubrimiento de un prófugo de la justicia, que -según deberá la investigación confirmar o descartar- podría involucrar a otros funcionarios públicos. Pero para afirmarlo con arreglo al estándar del art. 306 del CPPN, se requiere de indicios que corroboren suficientemente que, en los hechos concretos que él protagonizó, lo guió la voluntad de contribuir a esa finalidad. Tal demostración adicional, al momento, no concurre en el legajo”, dijeron los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah en la resolución.
El ex titular AFI había sido procesado el 6 de febrero por el juez Lijo, que consideró que Parrilli obtuvo y ocultó información sensible sobre el paradero de Pérez Corradi mientras estaba prófugo de la justicia, por lo que colaboró para que el permaneciera lejos del alcance de quienes lo estaban buscando.
La causa se inició a partir de una denuncia presentada el 20 de enero de 2016 por la legisladora porteña Graciela Ocaña, quien sostuvo que la AFI sabía dónde estaba el entonces prófugo Pérez Corradi -investigado por el tráfico de efedrina y como supuesto autor intelectual del denominado Triple Crimen de General Rodríguez- pero decidió no contribuir a su captura.
Lijo ordenó la intervención de los teléfonos de Parrilli.
La base de la denuncia es que Parrilli no envió a la Justicia un informe producido entre el 16 y el 18 de noviembre de 2015 que se refería al supuesto paradero de Pérez Corradi. El ex titular de la AFI dijo en su declaración que había ordenado que se profundizara la búsqueda y que el informe fue enviado a los fiscales del caso el 10 de diciembre del mismo año.
"No basta con saber que la información no fue inmediatamente enviada por las autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia a sede judicial entre el 16 de noviembre y el 10 de diciembre de 2015, cuando no existía un deber legal -cuya omisión fuera penada criminalmente- que obligara a Parrilli a proceder en ese término", dijeron los camaristas en la resolución.
Parrilli fue imputado de encubrir al presunto narco Pérez Corradi.
Y agregaron que "se requiere de indicios que sugieran que, por el contexto en que pasó, aquello obedeció a la intención de contribuir a una maniobra de encubrimiento gestada por agentes del Estado. Como se ve, no es un escenario que lleve a descartar la comisión de un delito -contrariamente a lo argumentado por la defensa-. Es un escenario que obliga a profundizar activamente la pesquisa para contar con un panorama más amplio y general que refuerce o debilite las sospechas que se erigen sobre el justiciable".
Los camaristas ordenaron “rastrear qué tipo de intercambios, comunicaciones o contactos, pudieron existir entre los integrantes de las diferentes áreas encargadas de la búsqueda, a efectos de determinar o descartar si, como se planteó, hubo un patrón común, indicador de intencionalidades ajenas a las funciones de los involucrados".