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Rubinstein, recargado: la Secretaría de Salud dispuso la cobertura gratuita del tratamiento hormonal para el cambio de género

Tras la resolución de ayer sobre el aborto que despertó internas en el Gobierno, hoy el secretario de Salud reguló los tratamientos hormonales gratuitos para cirugías de cambio de género.

21 Noviembre de 2019 09:23
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El Gobierno dispuso la cobertura gratuita integral de tratamientos hormonales para personas que desean avanzar en el cambio de género, tal como lo establece la ley de identidad de Género, aprobada en 2012. La resolución publicada hoy en el Boletín Oficial lleva la firma del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, y llega luego de la feroz interna que se desató ayer en la Casa Rosada, luego de que el funcionario regulara el protocolo de interrupción legal del embarazo, con el que ahora quieren dar marcha atrás.

La resolución publicada esta mañana en el Boletín Oficial establece la cobertura gratuita al 100 por ciento de los tratamientos médicos hormonales que tienen “por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido”.

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De acuerdo al texto publicado, se regulan los tratamientos hormonales para cambio de género en el Programa Médico Obligatorio. En la resolución se hace referencia a tratamientos con acetato de ciproterona, testosterona gel, estradiol gel, valerato de estradiol, espironolactona, undecanoato de testosterona y triptorelina, que tendrán “cobertura al 100 por ciento”.

Resolución cobertura tratam... by AgusGulman on Scribd

Además, señala que los servicios de salud “tanto del sistema público como de los sistemas privados y de seguridad social deben incorporarlos a sus coberturas, garantizando en forma permanente los derechos reconocidos por la ley” de identidad de género.

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En este sentido, señala que la norma comprende al género como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente”, y que “pude corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”. “Esto puede modificar la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ellos sea libremente escogido”.

Esto puede modificar la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ellos sea libremente escogido"

LA RESOLUCIÓN DEL ESCÁNDALO

La resolución que lleva la firma de Rubinstein se conoce apenas un día después de la feroz interna que se desató al interior del gobierno luego de que ayer el secretario de salud regulara, también en el Boletín Oficial, el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo que regía desde 2015 de acuerdo con normas internacionales.

Entre otras cosas habilitaba a menores de 15 años a abortar en hospitales públicos al considerar que un embarazo a esa edad puede constituir un riesgo físico y psicológico, e indicaba que quienes tuvieran entre 13 y 16 podían hacerlo sin autorización de sus padres hasta la semana 12 de gestación y si se trataba de un aborto medicamentoso. Además, se garantizaba el acceso a la interrupción legal del embarazo por causales ya establecidas en el Código Penal (riesgo de vida, salud o si fuera un embarazo producto de una violación).

Sin embargo, la resolución de Rubinstein fue desautorizada por el presidente Mauricio Macri, así como varios funcionarios y dirigentes del Gobierno, entre ellos el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, que consideró que era “inconstitucional”, y hasta se llegó a especular con que le pedirían la renuncia, faltando menos de 20 días para el cambio de gobierno. Además, ayer por la tarde se confirmó que se daría marcha atrás con la decisión, aunque hoy no fue publicada ninguna resolución revocatoria en el Boletín Oficial.

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