El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, cuestionó los fundamentos de la causa conocida como vialidad que publicó el Tribunal Oral Federal 2 de la Ciudad de Buenos Aires por los que se condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, y a otros funcionarios y empresarios ligados a la obra pública
"La verdad que podrían ahorrarnos todo este circo y escribir en una sola hoja que a este Poder Judicial no le importan ni los hechos ni las pruebas y que el objetivo realmente fue, es y será prohibir que Cristina vuelva a participar de la vida política o a ser presidenta de todos los argentinos. Esta es la realidad de lo que estamos viendo en este fallo", afirmó Soria en declaraciones a Argenzuela en Radio 10.
"Hay que decirlo, ni los fiscales con sus tres toneladas de pruebas que anunciaba Clarín, ni el Tribunal, o mejor dicho, la bandita de Los Abrojos, la quinta del ex presidente Mauricio Macri, donde se juntaban a jugar al fútbol, con sus 1.600 páginas del día de la fecha de la sentencia, no han sido capaces de encontrar un solo hecho que acredite la participación de Cristina en los hechos de esta causa de vialidad", argumentó el ministro.
Durante la entrevista, Soria hizo hincapié en la foja 313 de los fundamentos, la cual está llena de contradicciones. "Como se dijo, desde los orígenes de la investigación y tal como fuera ratificado por el Ministerio Público Fiscal en su alegato de clausura, se sostiene que las empresas del grupo concentraron el 78,4% de las obras viales. Pero ello corresponde al monto total de dinero asignado a la provincia de Santa Cruz. Lamentablemente, ese ejercicio comparativo no podemos replicarlo para este nuevo universo de casos, pues no constan los montos invertidos por el Estado Nacional para cada una de las obras", dice el fallo.
"El mismo tribunal que dijo en diciembre pasado, en el veredicto, que no se podía determinar un perjuicio al Estado en esta causa de vialidad, que no podían determinar un monto determinado, hoy dice que saben tanto que ni siquiera hace falta analizar el monto específico de las obras que ejecutó Austral Construcciones en la provincia de Santa Cruz", cuestionó Soria.
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"La verdad que es inédito. Yo nunca vi algo igual en un fallo judicial. Lo que refuerza la idea de que es un fallo totalmente político. Lo fundamentos pueden tener miles de páginas, pero lo que realmente fundamenta este fallo de estos jueces de Los Abrojos, es la campaña presidencial de 2023", aseguró el ministro.El rionegrino además definió a la sentencia y al fallo como "insostenible", ya que "inventan responsabilidades que no existen, adjudicándole responsabilidades administrativas y penales en las que no tuvo participación".
"Al principio le imputaban una asociación ilícita, tapas y tapas, programas televisivos hablando de una asociación ilícita y eso se les cayó a pedazos en el transcurso del juicio oral", explicó Soria. "Después intentaron culparla por supuestos hechos puntuales de corrupción en la obra pública viales. Pero mágicamente, dicen, y hoy lo vuelven a reiterar, que los funcionarios responsables de estas obras no son culpables de nada. Entonces explicame qué tiene que ver la Vicepresidenta. ¿En qué quedamos?", se preguntó.
"Estos señores deberían haberse excusado de haber intervenido, o al menos haber puesto en conocimiento de las partes que ellos jugaban al fútbol en la casa de descanso de Macri", insistió Soria. Ni siquiera pudieron demostrar un solo hecho de corrupción. Por eso decimos que este es un fallo totalmente político que abre el año de la campaña presidencial de 2023", reafirmó.
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"Con este Poder Judicial que no es parcial, que no es independiente y que es muy poco serio, todos los principios penales que aprendimos en la facultad caen en saco roto. Cualquiera que fue a la facultad se da cuenta que esta Justicia verdaderamente perdió el rumbo hace tiempo", se lamentó el ministro."Que rompan la cadena de responsabilidad y que los responsables de la obra pública digan que no hay ninguna prueba o elemento para culpar de nada al (ex) ministro de Obras Públicas, Julio de Vido, pero que sí la presidenta en ese momento 'cómo no iba a estar al tanto de esto', de este perjuicio que 'no hemos podido determinar'. Es una locura", indicó.
Cerca del cierre, Soria recordó las fechas que utilizaron desde el Tribunal para anunciar los fallos, y destacó que las eligen del calendario de "efemérides gorilas trágicas", debido a que el 6 de diciembre -cuando se leyó la condena- era la fecha en la cual el Grupo Clarín debía adecuarse a la Ley de Medios, mientras que los fundamentos fueron en la "misma fecha que la Revolución Fusiladora publicó el decreto 4.160/1 en 1956, que prohibía pronunciar los nombres de Juan Domingo Perón y Eva Duarte de Perón".