Javier Milei no se saldrá con la suya tan fácilmente: el camarista Eduardo Farah, de la sala I del Tribunal de Apelaciones declaró nulo el sobreseimiento del presidente ante una demanda que le interpuso el periodista Jorge Fontevecchia, dueño del grupo Perfil.
Las palabras violentas que tuvo el líder de las Fuerzas del Cielo para con el periodista no le salieron gratis y, aunque el juez Sebastián Ramos lo había sobreseído, ahora se interpuso una nueva medida para que el Jefe de Estado dé las explicaciones necesarias.
Así las cosas, Farah decidió que Ramos quedara fuera de la causa y expuso que la medida de sobreseimiento " es nula, por extemporánea (prematura) y por confusa y genérica". En la misma resolución, explicó que se "anticipó a la opinión": "La decisión apelada exhibe entonces un vacío argumental que la priva de sentido, dogmática, por ende, arbitraria y, por ello, nula", sostuvo el camarista que la consideró "prematura".
Dándole la derecha a Milei, Ramos lo sobreseyó rápidamente evitando " la instancia procesal llamada por ley para que el propio denunciado expusiere cuanto tuviese para decir al respecto, sobre el contenido y sentido que le quiso dar a cada una de sus expresiones, sobre el contexto que lo habría rodeado, etc", expresó Farah.
Corría el 8 de abril de 2024 cuando Milei dijo que Fontevecchia "vive de la pauta" y lo acusó de ser un periodista "ensobrado". Las palabras que repitió hasta el cansancio Milei, esa vez no le salieron gratis porque fue denunciado; las declaraciones las realizó en el programa Multiverso Fantino de Neura Media.
A raíz de la denuncia, la defensa de Milei alegó que las expresiones formaban parte del "interés público" y por eso no hubo delito en razón de la condición de "personalidad pública" del empresario de medios querellante en el caso.
Y por eso Ramos encontró la excusa perfecta para dejarlo pasar. Sin embargo, Farah expuso que: "Las implicancias que tiene la jurisprudencia referida a la protección de la privacidad y de la libertad de prensa, máxime cuando ello podría eventualmente generar responsabilidad internacional".
Y, en esa misma línea, declaró que las palabras de Javier Milei son graves mientras que el análisis de Sergio Ramos no tiene lugar: "Este análisis podrá -en el momento procesal oportuno- llegar a la conclusión de que todos son asuntos de 'interés público' y por ende no punibles para el art. 110, Código Penal. Pero para ser válido, tiene necesariamente que considerar todas las aristas mencionadas".