Big Bang! News
Más

Una discusión que atrasa: en la Corte se debatió la educación religiosa en escuelas

Es por un amparo colectivo contra el Estado salteño por la imposición de clases de religión católica en establecimientos públicos.

16 Agosto de 2017 17:58
1552081762496
1552081762496

En pleno siglo XXI la Corte Suprema de Justicia inauguró hoy una serie de audiencias públicas para discutir la educación religiosa en escuela públicas en la provincia de Salta.

Los jueces de la Corte comenzaron a escuchar hoy a los “amicus curiae” (amigos del tribunal), instituciones y personas que sin ser parte del expediente argumentaron a favor y en contra de la obligatoriedad de la educación católica en las escuelas salteñas.

En la Corte se debate un amparo colectivo iniciado por una asociación civil y un grupo de madres de menores que concurren a la escuela pública de Salta contra el Estado Provincial, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de las normas locales que disponen que la enseñanza religiosa integre el plan de estudio y se imparta dentro del horario de clase.

En la provincia de Urtubey, la educación religiosa es obligatoria.

Los actores sostienen que las normas, del modo en que son aplicadas, imponen la religión católica como enseñanza obligatoria en las escuelas públicas y el adoctrinamiento de menores cuyos padres poseen otras creencias.

El abogado Julián Díaz Bardelli, a título personal, advirtió sobre el “miedo” de los niños en las escuelas “a ser estigmatizados” por no asistir a clases religiosas e incluso sostuvo que ello podría atentar contra su seguridad.

“Por falta de un programa alternativo, los niños cuyos padres no pertenecen a la religión católica terminan deambulando por el patio o por la biblioteca de la escuela”, mientras sus compañeros asisten a la formación religiosa.

Un grupo de padres motorizaron el amparo colectivo.

En ese contexto, señaló que la “libertad de religión o de conciencia permite que en las escuelas públicas se imparta historia de la religión, siempre que se haga de manera objetiva y neutral”.

“La imposición de una religión determinada es incompatible con las normas” educativas, según citó textos de tratados internacionales en materia de derechos humanos.

El amparo colectivo patrocinado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) contra el Estado Provincial es porque la Corte salteña avaló la constitucionalidad de la educación religiosa pero dispuso que se previera un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica durante el horario escolar”.

Ello excluía “los rezos al comienzo de las jornadas, la colocación de oraciones en los cuadernos y la bendición de la mesa- tengan lugar únicamente durante la clase de educación religiosa”.

La Asociación Civil Ojo Ciudadano, mediante su representante, Nicolás Mayoraz, lamentó que la audiencia se celebrara en la Capital Federal y no en Salta, donde tuvo su origen la causa.

“Los alumnos no tienen un subte para irse y volver a tomar las clases de educación religiosa. Van horas a mula o a caballo para llegar a las escuelas”, reflexionó.

En representación del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa, Juan Navarro Floria consideró que “es un derecho de los hijos a recibir educación religiosa” y advirtió que ello podría ocurrir aún en contraposición con la postura de sus padres. En ese sentido, reivindicó “la libertad de los niños a elegir la enseñanza religiosa”.

 

10