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La Justicia le dio la razón a Silvina Luna por difundir su video, ¿cuánto le pagarán Google y Yahoo?

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial Federal falló en favor de la modelo por el reclamo original de 100.000 pesos a modo de reparación moral. La cifra subiría por los intereses.

26 Septiembre de 2018 15:59
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A 11 años de que se diera a conocer el video casero en donde se la veía teniendo relaciones en un viñedo mendocino junto a su ex pareja, la Justicia falló en segunda instancia a favor de Silvina Luna en la causa que inició contra Google y Yahoo! por divulgar su clip sexual y vincularla a sitios triple equis y de carácter sexual.  De esta manera, a la modelo le correspondería medio millón de pesos como resarcimiento.

Esta suma corresponde a que en el reclamo original, los abogados de Luna habían reclamado la suma de 100.000 pesos a modo de reparación moral. Pero como la causa se inició en 2007 y pasó más de una década, con los intereses la cifra rondaría los 500 mil pesos.

Todo comenzó cuando la ex de El Polaco descubrió que su nombre era vinculado a distintas páginas pornográficas y otras actividades relacionadas al tráfico sexual por los buscadores. Un año después, en 2008, la causa se amplió producto de la difusión masiva de su video hot.

Silvina Luna le corresponderían 500 mil pesos de resarcimiento. 

El pedido expreso de los abogados de Luna fue que evitaran la difusión, algo que tanto Google como Yahoo! no pudieron evitar. Finalmente, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial Federal dispuso que se haga lugar a la demanda por la suma de cien mil pesos en concepto de reparación por daño moral, con intereses desde la fecha de inicio.

La sentencia obliga a los buscadores a indemnizar a Luna.

Consultado por Clarín, el abogado de la panelista de Incorrectas, Martín Leguizamón, confirmó que a Luna le corresponderían cerca de medio millón de pesos y aseguró que "la sentencia es excelente". Vale destacar que en primera instancia se había rechazado la demanda porque el juez había entendido que los buscadores habían cumplido con diligencia ante los reclamos de Luna.  

"En los últimos años la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo en reiterados fallos que la obligación de los buscadores de Internet de desindexar o dejar de exhibir contenidos publicados por terceros, se debe implementar a partir de una orden que especifique los contenidos a retirar. La forma de identificar esos contenidos es, indefectiblemente, a través del URL específico (Uniform Resource Locator, que en español significa Localizador Uniforme de Recursos). Este estándar permite que la valoración de contenidos existentes en Internet se haga por una autoridad competente, y a la vez permite que no haya dudas sobre qué contenidos (URLs) deben eventualmente desindexarse de los buscadores", sostuvo Google Argentina en un comunicado.

 

"En el caso de Silvina Luna, el Juez de Primera Instancia reconoció que los buscadores habíamos sido diligentes al remover en tiempo y forma los contenidos que nos fueron ordenados y rechazó la demanda. Sin embargo, la Cámara Federal entendió incorrectamente que no hemos removido a tiempo algunos URLs de los resultados de búsqueda. Google no está de acuerdo con esta valoración, y llevará el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se revise la decisión”, agregó la empresa.

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